Saltar al contenido
ElOtrosí Boletín jurídico
El Otrosí
Boletín jurídico semanal
19 de octubre de 2026

Sentencia BOE

El TC levanta la suspensión de la ley cántabra sobre dependencia

El Pleno del Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión del artículo 97 de la Ley 2/2025, de 2 de abril, de simplificación administrativa de Cantabria, que incorpora los apartados 2, 3 y 4 a la disposición adicional séptima de la Ley 2/2007 de derechos y servicios sociales. La norma permite equiparar grados de dependencia con baremos de discapacidad para agilizar el acceso a prestaciones autonómicas.

El Abogado del Estado había solicitado mantener la suspensión argumentando que la norma cántabra invade la competencia estatal en legislación básica de Seguridad Social (art. 149.1.17 CE) y quiebra la igualdad de derechos (art. 149.1.1 CE). Sostenía que permitiría acceder a prestaciones estatales —como asignación por hijo a cargo con discapacidad o complementos del ingreso mínimo vital— a personas que no alcanzarían el grado de discapacidad según el baremo estatal del Real Decreto 888/2022.

El Tribunal aplica su doctrina cautelar consolidada: el mantenimiento de la suspensión es excepcional, la ley goza de presunción de constitucionalidad y corresponde al Estado acreditar perjuicios irreparables o de difícil reparación. Cita expresamente el ATC 20/2026, de 24 de febrero, que en un caso idéntico levantó la suspensión de la Ley gallega 5/2024 con precepto equivalente.

La decisión no resuelve el fondo del recurso de inconstitucionalidad número 9143-2025, que seguirá su tramitación. Desde la publicación del auto en el BOE, la norma cántabra surte plenos efectos mientras se resuelve la constitucionalidad.

Fuente Boletín Oficial del Estado · Pleno. Auto 26/2026, de 28 de abril de 2026. Recurso de inconstitucionalidad 9143-2025. Levanta la suspensión acordada en el recurso de inconstitucionalidad 9143-2025, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con el artículo 97 de la Ley 2/2025, de 2 de abril, de simplificación administrativa de Cantabria, en cuanto incorpora los apartados 2, 3 y 4 a la nueva disposición adicional séptima de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.

← Toda la actualidad