El TC anula sentencia que revocó laudo arbitral sin límites
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado un recurso de amparo (1460-2024) contra una sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid que anuló parcialmente un laudo arbitral por vulneración del orden público, al entender que la desestimación del lucro cesante reclamado carecía de motivación suficiente.
El laudo de 13 de febrero de 2023 declaró incumplido un contrato de inversión hotelera roto unilateralmente por Tempus Holdings, condenándola a indemnizar por daño emergente pero desestimando el lucro cesante de más de treinta millones de euros reclamado por Looping Webs. El tribunal arbitral argumentó que no se había acreditado que el beneficio esperado fuera imputable al incumplimiento y no a otros factores como el covid-19, que el negocio solo había durado seis semanas y era una venture con escenario incierto.
El TSJ de Madrid anuló ese pronunciamiento por falta de motivación, aplicando el canon de racionalidad propio de las resoluciones judiciales y exigiendo que el árbitro rebatiera expresamente cada argumento pericial de la parte. El TC considera que esa exigencia equivale a imponer el régimen de recursos propio de la jurisdicción ordinaria, vulnerando la tutela judicial efectiva de quien optó por el arbitraje. Recuerda que el orden público del artículo 41.1.f) LA solo alcanza a infracciones manifiestas de principios esenciales, no a discrepancias sobre la valoración de la prueba o la suficiencia argumental dentro de parámetros razonables.
La sentencia anula la resolución del TSJ de Madrid y el auto que desestimó el incidente de nulidad posterior. Ponente: Inmaculada Montalbán Huertas.