El TC anula una prisión provisional por denegar acceso
El Tribunal Constitucional ha anulado por sentencia de 23 de febrero de 2026 (STC núm. 15/2026) las resoluciones que acordaron y confirmaron la prisión provisional de un guardia civil investigado en una causa declarada secreta por delitos de pertenencia a organización criminal, contra la salud pública y cohecho. El TC estima vulnerados los derechos a la libertad personal (art. 17.1 CE) y a la defensa jurídica (art. 24.2 CE) del investigado.
El Juzgado Central de Instrucción núm. 3 entregó al investigado antes de la comparecencia del art. 505 LECrim un documento resumen de los elementos esenciales de las actuaciones. El texto aludía a conversaciones captadas y grabadas en las que el investigado habría recibido 5000 euros por una actuación, pero sin concretar contenido, terminales ni interlocutores. El letrado solicitó expresamente acceder a esas conversaciones originales. La jueza denegó el acceso invocando el secreto de las actuaciones y el riesgo de perjudicar la investigación en curso. La Audiencia Nacional confirmó esa decisión.
El TC recuerda que el secreto de las actuaciones debe convivir con una accesibilidad que permita el ejercicio real de la defensa frente a la privación de libertad. Refuerza su doctrina exigiendo que el acceso a los elementos esenciales incluya no solo la naturaleza de la fuente de prueba, sino su contenido concreto: en el caso de conversaciones intervenidas, la transcripción o grabación y los dispositivos concernidos. Un acceso meramente formal, vacío de contenido, no garantiza el derecho de defensa.
Declarados nulos los autos de 2 y 14 de febrero de 2025 del Juzgado Central de Instrucción núm. 3 y el de 11 de marzo de 2025 de la Audiencia Nacional. El recurrente ya estaba en libertad desde diciembre de 2025.