El TC avala la Ley de Amnistía frente al recurso de La Rioja
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad núm. 6607-2024 interpuesto por el Consejo de Gobierno de La Rioja contra la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña. La sentencia valida tanto la ley en su conjunto como, subsidiariamente, los artículos 1 a 5, 8 a 12 y las disposiciones finales primera y segunda que la Comunidad impugnaba.
La Rioja alegaba que la ley vulneraba el principio de igualdad (art. 14 CE) por dirigirse a personas concretas de modo genérico y abstracto, sin justificación objetiva; el principio de seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad (art. 9.3 CE) por indeterminación objetiva, subjetiva y temporal; y el principio de separación de poderes (art. 117.3 CE) al proyectarse sobre sentencias firmes. También sostenía que la amnistía requería reforma constitucional previa, que la tramitación parlamentaria presentó irregularidades —fue proposición y no proyecto de ley, se devolvió a comisión tras ser rechazada en pleno y se admitieron enmiendas transaccionales sin plazo— y que la ley constituía un indulto general camuflado.
El Congreso alegó que la tramitación fue conforme al Reglamento: las proposiciones de ley no requieren informes preceptivos, la devolución a comisión tras votación sin mayoría absoluta es procedente según el art. 131.2 RCD, y las enmiendas transaccionales se ajustaron al art. 114.3 RCD en procedimiento de urgencia. La sentencia lleva firma de ponencia de la magistrada Inmaculada Montalbán Huertas.