El TC avala la Ley de Amnistía frente al recurso de Cantabria
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Parlamento de Cantabria contra la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña. La sentencia ECLI:ES:TC:2026:18 resuelve el recurso núm. 6525-2024, presentado el 6 de septiembre de 2024.
El Parlamento de Cantabria impugnó la totalidad de la ley y en concreto los artículos 1, 2 a), b), c) y f), 3, 5, 6, 7, 8, 9.2, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16. Los motivos del recurso se articulaban en cuatro bloques: infracción de la reserva de ley orgánica y del principio de igualdad por falta de habilitación expresa para amnistiar; vulneración del artículo 23.2 CE por incumplimiento de disposiciones reglamentarias esenciales del procedimiento legislativo; vulneración de los principios de seguridad jurídica y legalidad penal por falta de previsibilidad del ámbito material y temporal de la norma; y cuestionamiento de la legitimidad constitucional de la amnistía misma, alegando que no está prevista en la Constitución y que elude la prohibición de indultos generales del artículo 62 i) CE.
El recurrente sostenía que la Constitución no reconoce a las Cortes Generales la potestad de amnistiar, que la diferencia con el indulto general es aparente y que la amnistía solo cabría ante un cambio de orden político. También denunció que el dictamen de la Comisión de Justicia del Congreso prescindió del informe de ponencia tras la devolución del texto.
La resolución confirma la validez constitucional de la norma. Ponente: Inmaculada Montalbán Huertas.