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El Otrosí
Boletín jurídico semanal
19 de octubre de 2026

Sentencia BOE

La DGSJFP exige firmeza de la notificación al Estado en ejecuciones

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública revoca una nota de calificación que rechazaba inscribir una adjudicación hipotecaria contra herencia yacente por no haberse nombrado defensor judicial. Confirma que, cuando no se conocen herederos, basta notificar por edictos y comunicar al Estado o Comunidad Autónoma según el artículo 150.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin exigir nombramiento de defensor. Sigue la doctrina de la sentencia del Tribunal Supremo 590/2021, de 9 de septiembre, que limita la administración judicial a casos de intervención del caudal hereditario.

En el caso resuelto, el Juzgado notificó por edictos tras gestiones infructuosas de localización de herederos y comunicó la existencia del procedimiento al Abogado del Estado mediante diligencia de 12 de febrero de 2026. Sin embargo, esa diligencia es posterior al decreto de adjudicación, firme desde el 3 de septiembre de 2025, por lo que el Estado no pudo intervenir durante la tramitación.

La Resolución aclara que la notificación al Abogado del Estado debe producirse durante la pendencia del proceso, no una vez concluido. En este supuesto, al haberse notificado fuera de plazo, exige que se acredite la firmeza de la diligencia de ordenación —ausencia de alegaciones del Estado transcurridos los plazos de recurso— antes de practicar la inscripción.

No afecta al trámite ordinario de ejecuciones hipotecarias con titular vivo o herederos conocidos. Solo resulta aplicable a procedimientos contra herencia yacente sin herederos identificados.

Fuente Boletín Oficial del Estado · Resolución de 30 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Mérida n.º 1, por la que se suspende la inscripción de un testimonio de adjudicación y mandamiento de cancelación en procedimiento de ejecución hipotecaria seguido contra herencia yacente.

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